(Por Rosario3).- El gobierno nacional sigue con su política de facilitar las compras y los envíos desde el exterior bajo el argumento de mejorar la competencia en el mercado interno. "Hoy la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca)- ex Afip- aumentó el peso permitido para comprar en el exterior y eliminó un trámite considerado innecesario", informó Infobae.
Tanto personas físicas como jurídicas podrán traer mercadería del exterior con un peso máximo de 50 kilos por paquete. Fuentes oficiales señalaron a Infobae que la decisión se tomó para evitar malos entendidos producto del margen a interpretación que dejaba la Resolución General 5608/2024. Previamente, se computaban 50 kilos como peso total del envío y como peso total de los envíos en un año. Esta norma precisa que el peso máximo es por paquete y no por envío.
"Con la nueva disposición, se podrán traer, por ejemplo, 3 paquetes de 50 kilos en un mismo envío", detalló Infobae. El tope de 50 kg se mantiene pero por paquete, no por envío. A su vez, se mantiene el cupo de cinco envíos por año por persona. Los 50 kg por paquete no es un límite acumulable en el año.
Además, dejará de ser obligatorio, para quien ingrese mercadería al país por este régimen, tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) si ya se tramitó.
Un dato importante es registrar ante Arca si el o los paquetes se recibieron por Correo Argentino. “Es la forma que tiene el Correo de registrar que estás ocupando un cupo. El resto de los couriers se encarga de informar a ARCA por su cuenta que el envío llegó para verificar el cumplimiento de la cuota. Correo Argentino necesita que el usuario lo registren por ellos”, explicaron desde el organismo.
Lo que refiere a compras como a ventas al exterior por esta vía, no podrán exceder los $3000 dólares. Cabe recordar que ARCA eliminó los aranceles de importación al ingreso de mercaderías hasta un valor FOB (Free On Board o el valor que tienen los productos al salir del puerto de origen) de $400 dólares, con un tope máximo de 5 envíos por año y por persona.
Los envíos efectuados mediante esta modalidad, sin fines comerciales, están exentos de cumplir con ciertos requisitos que habitualmente se aplican a las importaciones. Específicamente, se encuentran exceptuados de: la intervención previa del Instituto Nacional de Alimentos; las regulaciones de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor, particularmente la Dirección de Lealtad Comercial; la tramitación de Licencias de Importación automáticas y no automáticas; el cumplimiento del Régimen de Identificación de Mercaderías (estampillas fiscales) y las restricciones y prohibiciones de carácter económico.
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