Un Tribunal de Impugnación de conformación especial, en Viedma, revisará en los próximos días la sentencia que condenó a cinco integrantes de la comunidad Buenuleo por usurpación, y ordenó el desalojo de las tierras, ratificando la propiedad de Emilio Friedrich y otros.
A mediados de mayo y después de cuatro años de un proceso complejo y accidentado, la justicia condenó al lonko de la comunidad, Ramiro Buenuleo, a un año y tres meses de prisión en suspenso por la usurpación, a lo que sumó tres meses por ordenar a Leonardo Feltez que haga una amenaza de bomba al 911, para suspender el juicio.
Junto con el jefe, fueron condenados como coautores los otros integrantes de la comunidad: Rosa Buenuleo, Sandra Ferman, Aucan Maliqueo y Lucas Dinamarca.
El tribunal conformado por los jueces Luciano Garrido, Florencia Caruso y Emilio Stadler, escuchó este miércoles en una audiencia por Zoom, la impugnación al fallo condenatorio de parte de los defensores Natalia Araya y Marcos Ciciarello, y la defensa de la fiscal Jefa Betiana Cendón y el fiscal de caso Tomás Soto Daher. También en esa parte alegó el abogado querellante Alejandro Pschunder.
Primero Ciciarello enumeró los cuestionamientos al hecho 1, del delito de usurpación, que deriva en la orden de desalojo, afirmando que no existe la invasión ni el despojo de la propiedad, y asegurando que la venta de la tierra a Friedrich fue hecha en 2009 por Antonio Buenuleo IV, uno de los sucesores del verdadero propietario Antonio Buenuleo II, quien falleció en 1946. En esa operación intervino como intermediario Claudio Thieck, haciendo más compleja la operación.
Los vendedores y compradores fueron denunciados por usurpación en 2014, y el mismo defensor reconoció que la justicia sobreseyó a los acusados, que no fueron considerados usurpadores como pedía la comunidad.
También Ciciarello dijo que la última sentencia no consideró el derecho indígena aunque sí lo nombró, y sólo se basó en el derecho civil “mal aplicado”. Además de no valorar todos los testimonios y pruebas presentados por la defensa.
Por ello acusó al fallo de discriminar a la comunidad, juzgando a personas en lugar de a un pueblo.
Araya agregó la defensa de los dos condenados por la amenaza de bomba: a Ramiro Buenuleo, jefe de la comunidad, se le acusó de ordenar a Leonardo Feltez que realice dos llamados al 911 para pronunciar una amenaza de bomba, que no solo logró interrumpir una audiencia de este caso sino además nueve de otras causas.
Dijo al respecto que no estuvo probada la orden de Ramiro Buenuleo ni la recepción de la orden de Feltez, entre otros reproches, y que faltaron muchas medidas de pruebas al respecto. Por eso aseguró que a Buenuleo le corresponde la absolución y a Feltez la suspensión del juicio a prueba.
Fiscales y querella ratifican
Al alegar Cendón, usando menos tiempo que las defensas y con mayor concisión, fue contestando cada cuestionamiento y defendiendo el fallo.
Dijo que la sentencia sí consideró el derecho indígena y recordó que el STJ se refirió puntualmente a esta causa con lineamientos que incluye cada normativa.
Apuntó hechos que resultaron probados para la fiscalía y los jueces que fallaron, resumiendo que el 10-9-2019 Friedrich, Víctor Sánchez y el Loro Vera (cuidador empleado por Friedrich) fueron víctimas de la invasión clandestina, apropiación y ocupación consolidada hasta hoy de 92 hectáreas privadas.
Agregó que las resoluciones del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), a favor de la comunidad mapuche, bajo la gestión de Magdalena Odarda, fueron anuladas oficialmente, y que abundaron las pruebas y testimonios de los delitos condenados.
Luego contestó los agravios punto por punto, dijo que no se cuestionó la titularidad del privado, y que solo respondieron “de hecho” a una sentencia que no había salido a favor de ellos.
También Soto reforzó con otros argumentos la posición acusadora, y el querellante Pschunder argumentó en favor de la propiedad privada.
“No hay ningún reconocimiento territorial, todo fue anulado”, sostuvo, dijo y completó: “si no son violentos, ¿por qué recurrieron a una amenaza de bomba para evitar el juicio? Si no son violentos, ¿por qué fueron de hecho cuando justicia les dijo no?”.
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