En un contexto en el que los temas de seguridad y tenencia de armas capturan la atención pública, por los recientes hechos de inseguridad, asesinato e intentos de homicidio en la ciudad, Roberto Nigris, presidente del Tiro Federal Bariloche, profesor, instructor de tiro y perito balístico, compartió su experiencia y conocimientos en un diálogo extenso con Busca2 de Radio Seis.
Durante la entrevista, Nigris profundizó en los requisitos legales para poseer un arma en Argentina, en base a la Ley Nacional de Armas y Explosivos N.° 20.429, normativa bajo la supervisión de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC), organismo encargado de regular y fiscalizar la tenencia y uso de armas en el país.
Según explicó Nigris, el acceso a la tenencia de armas está regido por el concepto de “legítimo usuario”, categoría que incluye a individuos, armerías, federaciones de tiro, coleccionistas y empresas de seguridad. “Nosotros nos regimos por la ley nacional de Armas, una ley que ya tiene unos cuantos años, en donde aparece la figura del legítimo usuario”, precisó. El requisito mínimo para acceder a esta categoría es tener 21 años, carecer de antecedentes penales y superar tanto un examen médico como uno psicológico, además de demostrar idoneidad en el manejo de armas. Estos estándares buscan garantizar que solo personas mental y físicamente aptas accedan a la tenencia de armas.
En el caso de Bariloche, aclaró Nigris, se comercializan únicamente armas autorizadas para legítimos usuarios, no aquellas destinadas exclusivamente a las fuerzas de seguridad. Sin embargo, se enfrentan a una problemática común en el país: la proliferación de armas no registradas. “La mayor parte de las armas que se delinquen no son armas registradas. En su mayoría no son armas registradas, son armas que vienen históricamente de no serlo. Algunas han sido robadas a fuerzas de seguridad y eventualmente, algún arma que fue robada de alguna casa de un legítimo usuario”, subrayó. Además, destacó la existencia de armas de fabricación casera o “tumberas”, cuya circulación incrementa la violencia y dificulta el control.
Para dimensionar la magnitud de esta problemática, Nigris explicó que en Argentina existieron históricamente alrededor de un millón de legítimos usuarios, lo que implica una cifra cercana a tres millones de armas declaradas. “Hay dos tercios de armas que no están declaradas, eso es lo más grave”, enfatizó.
Nigris también hizo una distinción clave entre los conceptos de tenencia y portación de armas. “Una cosa es la tenencia del arma y otra es la portación del arma. La persona que tiene un arma puede hacer uso en un lugar habilitado. Puede trasladarla descargada, separadas las municiones del arma”, explicó. La tenencia autoriza al usuario a poseer el arma, pero no a llevarla cargada en espacios públicos. En cambio, la portación habilita el transporte del arma cargada y lista para ser usada en lugares públicos, pero este trámite es independiente del de legítimo usuario y requiere cumplir requisitos adicionales.
En cuanto al uso de un arma en situaciones de defensa propia, Nigris resaltó los principios que determinan la legitimidad de la acción. “Vos podés defenderte de una agresión o a un tercero. Eso sí, vos tenés que demostrar que hay una legítima defensa”, afirmó, aclarando que deben cumplirse tres condiciones: la persona que se defiende no debe haber provocado la agresión, la agresión debe implicar riesgo de vida, y la respuesta debe ser proporcional a la amenaza. Sin embargo, reconoció que esta última condición suele ser motivo de debate en el ámbito judicial, ya que definir la proporcionalidad de la respuesta resulta subjetivo.
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