
El juez de instrucción Miguel Gaimaro Pozzi, dictó el procesamiento del empleado municipal Roberto Elías Guajardo, por considerar que existen elementos suficientes para considerarlo presunto autor del delito de malversación de caudales públicos. Se le imputa haber usado vehículos municipales "en provecho propio".
El juez de instrucción en lo penal, doctor Miguel Angel Gaimaro Pozzi, dictó el procesamiento de Roberto Guajardo por malversación de caudales públicos. En la resolución, también se ordenó librar oficio a la Dirección de Tránsito de la Municipalidad local a fin de poner en conocimiento que a la fecha de interposición de la denuncia, el camión Mercedes Benz, Interno 229 perteneciente a la Sección Barrido y Limpieza de la Municipalidad local carecía de chapas patentes colocadas.
El hecho investigado imputa a Guajardo, empleado del Sector de Recolección de Residuos de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, haber dado a vehículos municipales a su cargo y asignados a la sección Barrido, Limpieza y Saneamiento Ambiental, una aplicación diferente de la aquella para la cual se hallan destinados durante el período comprendido entre el 18 de diciembre de 2008 y el 26 de enero de 2009.
Guajardo utilizó dichos rodados en provecho propio, para transportar materiales desde canteras y corralones hasta la obra particular denominada "Peña El Jarro" sita en John O Connor 167 de esta ciudad, de la cual el nombrado resultó ser uno de los titulares.
En la Resolución el Magistrado consideró que en la presente causa se encuentran reunidos todos los requisitos necesarios para la configuración de la conducta en cuestión. Así, la prueba analizada acredita que Roberto Elias Guajardo resulta ser empleado de la municipalidad local con funciones en el área de Barrido y Limpieza, y en tal condición, para el desarrollo de sus labores, tenía bajo su custodia el camión Interno 229 para su utilización exclusiva en el sistema de barrido y limpieza de la ciudad, y, circunstancialmente, cuando se descomponía dicho interno, la custodia del Interno 224 para los mismos fines, pero siempre en los horarios establecidos por la autoridad municipal.
Sin embargo, abusando de la confianza que le fuera otorgada, "el acusado se apropió de dichos vehículos y apartándolos temporalmente de la actividad del municipio los utilizó en beneficio propio, a su antojo y conveniencia, en una obra particular destinada a la explotación comercial, poniendo además en riesgo el patrimonio municipal".
Informe Elena Ruiz/IIIa Circunscripción Judicial







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