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Represión en Catamarca: polémica por el art. 213 bis
Viernes 10 de Febrero de 2012 18:56 - 3239 Lecturas.

Nuevos hechos represivos se suman por parte del gobierno provincial de Catamarca contra los vecinos que buscan impedir la actividad minera de la empresa La Alumbrera en la zona. Los vecinos denuncia que están aplicando el polémico artículo 213 bis de la ley "antiterrorista".


Hubo una fuerte represión sobre la Ruta Nacional 40, en Catamarca, ejercida por la policía de esa provincia, el grupo especial de operaciones Kuntur y aparentemente, también por integrantes de la seguridad privada de las mineras.

En oportunidad en la que los vecinos realizaban un "corte selectivo" para impedir el paso de camiones con insumos y herramientas para la explotación de La Alumbrera, hubo golpes y la detención de más de 40 personas.

Según señala el medio de comunicación La Vaca.org, en menos de quince días hubo dos represiones: a fines de enero detuvieron a unos 9 vecinos, acción que generó la reacción con más de cinco bloqueos en la región, uno de ellos reprimido violentamente y con más de 40 detenidos este miércoles 8 de febrero.

Mariano Cervantes integrante de la Asamblea de Belén por la vida, tuvo el extraño privilegio de ser detenido en una persecución por el cerro, al intentar escapar de las manos policiales y perros entrenados.

Recientemente puesto en libertad, cuenta que grupos pro-mineros montaron una escena de tensión, con otro corte que realizaron a pocos metros: “Ese fue el pie para que el fiscal le ordene a la policía que desaloje y detenga a los vecinos para evitar un `mal mayor´, pero nosotros ya habíamos decidido en asamblea levantar el corte. Incluso lastimaron a una compañera que está embarazada”, contó a La Vaca.org.

El estreno de la ley de terror


El primer desalojo violento tuvo lugar en la localidad de Santa María, el 26 de enero, también sobre la ruta 40, y dejó a unos 7 vecinos detenidos. En diálogo con lavaca, la abogada defensora Nidia Gauthier contó que fueron liberados apenas se pidió la incompetencia de la medida.

El corte selectivo siguió y 1 día más tarde, el viernes 27 la policía volvió a actuar y detuvo a 9 asambleístas.

“A un señor, Rodolfo Chayle, lo detuvieron saliendo de una almacén al lado de una escuela, que está a 6 km de la sentada. A Marta Vargas, con su nene de 3 años, el fiscal amenazó con poner a disposición de los tribunales de menores a su nene”, cuenta Gauthier.

El fiscal interviniente, Julio Landívar, llevó a su secretario y un escribiente para labrar la imputación en la propia comisaria. “Están imputados por el artículo 213 bis del Código Penal, que es de competencia federal y habla de daños a bienes públicos y de causar terror o peligro a las personas”, afirmaba días atrás la abogada, confirmando el estreno de la ley anti-terrorista en el país.

El propio Ministro de Justicia y Derechos Humanos Julio Alak salió a desmentir esa versión que circulaba por portales medioambientales. “Es absolutamente falso, están imputados por presunta violación al artículo 194 del Código Penal, que habla del entorpecimiento del transporte”, dijo.

Gauthier respondió “que me disculpe el ministro Alak, pero él no estuvo en la imputación, y yo sí”. El testimonio de la abogada no excluye la versión del Ministro de Justicia de La Nación: confirma que tanto el artículo 194 como el 213 bis del Código Penal les fueron imputados a los nueve vecinos. De inmediato Gauthier pidió la inconstitucionalidad de la medida incluso para el cargo del artículo 194: “El corte en la ruta 40 era parcial e informativo, y el tránsito no estaba entorpecido sino sólo se bloqueaban los camiones de la empresa”.

¿Qué dice el Artículo 213 bis?

“Será reprimido con reclusión o prisión de tres a ocho años el que organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que, sin estar comprendidas en el artículo 210 de este código, tuvieren por objeto principal o accesorios imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación”.

Nota completa: http://lavaca.org/notas/belensanta-maria-tinogasta-represion-y-despues/

Represión en Catamarca: polémica por el art. 213 bis
 

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