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| Para proteger los recursos paleontológicos |
| Martes 31 de Julio de 2012 21:35 - 2835 Lecturas. |
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Legisladores del Frente para la Victoria (FpV) presentaron un proyecto para adherir a la ley nacional que preserva recursos paleontológicos y arqueológicos. (Prensa Legislatura).- Los legisladores Pedro Pesatti y Roxana Fernández (FpV) proponen mediante una iniciativa de ley que Río Negro adhiera en todos sus términos a la ley nacional que establece la “protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico”. “El término Patrimonio, en el sentido que aquí nos interesa, es un término propio de los pueblos latinos y con él se quiere indicar el legado del padre recibido en herencia y que nosotros transmitimos también a nuestros descendientes, para asegurar la continuidad del linaje. Diríamos que es aquello que proviene de nuestros padres y a su vez nosotros transmitimos a nuestros hijos”, explican los parlamentarios. Pesatti y Fernández señalan que “el concepto se fue ampliando y hoy hablamos de Patrimonio Histórico, Patrimonio Cultural, en sentido antropológico, queriendo significar una herencia colectiva que puede referirse a un determinado Pueblo o a toda la Humanidad”. Argumentan los legisladores que “la ley Nacional 25743 sancionada en el año 2003 tiene por objeto la protección del patrimonio arquológico y paleontológico, estableciendo específicamente que forman parte del Patrimonio Arqueológico las cosas muebles e inmuebles o vestigios de cualquier naturaleza que se encuentren en la superficie, subsuelo o sumergidos en aguas jurisdiccionales, que puedan proporcionar información sobre los grupos socioculturales que habitaron el país desde épocas precolombinas hasta épocas históricas recientes”. En tanto, forman parte del Patrimonio Paleontológico “los organismos o parte de organismos o indicios de la actividad vital de organismos que vivieron en el pasado geológico y toda concentración natural de fósiles en un cuerpo de roca o sedimentos expuestos en la superficie o situados en el subsuelo o bajo las aguas jurisdiccionales”. Pesatti y Fernández detallan que “será autoridad de aplicación la Secretaría de Cultura de la Provincia de Río Negro” y que “los Artículos 6 y 7 de la ley Nacional establecen las facultades exclusivas de las Provincias, como organizar en sus respectivas jurisdicciones un Registro de Yacimientos, Colecciones y Objetos Arqueológicos y un Registro de Yacimientos, Colecciones y Restos Paleontológicos, teniendo como base preferentemente la metodología adoptada por la Autoridad de Aplicación, a fin de facilitar la mejor coordinación nacional; crear un Registro de Infractores en materia arqueológica y paleontológica; otorgar las concesiones para prospecciones e investigaciones; adecuar sus legislaciones en materia de concesiones, infracciones y sanciones a fin de lograr centralizar y proporcionar dicha información a los organismos nacionales o provinciales que lo soliciten; procurar la creación de delegaciones locales dentro de su ámbito jurisdiccional a fin de un cumplimiento más eficiente de lo dispuesto en la presente ley”, entre otras atribuciones. |






